YPF y un juicio pendiente.

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Definiciones judiciales importantes para el país se dirimen en Nueva York en estos días en relacion con el caso en que YPF es demandada en la Corte de Distrito por dos empresas españolas del grupo Petersen controladas por la familia Eskenazi y hoy concursadas en España, y por dos fondos de inversión administrados por la empresa de inversiones estadounidense Eton Park Capital Management, L.P.

 

El origen de la causa se remonta a la ley de expropiación de 2012, que autorizó al Estado nacional a expropiar el 51% de las acciones en poder de la española Repsol, su ocupación temporaria y el pago de la indemnización en 2014 que la consolidó, ya que los demandantes alegan que no se hizo una oferta para adquirir las acciones restantes por un precio calculado del modo previsto en el estatuto, por lo que solicitan una indemnización de 8554 millones de dólares más los intereses. La demanda se dirige a la vez al gobierno argentino como adquirente y a YPF SA como sociedad por no haber arbitrado los medios para evitar el supuesto incumplimiento. La petición está en poder de Burford Capital LLC, una de las empresas financiadoras de las disputas comerciales más grandes del mundo, que adquirió el control de los derechos litigiosos de Petersen y Eton Park.

Las partes acuerdan en que la cuestión sería de puro derecho, es decir, que no hay hechos controvertidos que probar en juicio, lo que permitiría dictar un fallo aplicando sólo la legislación. Si bien rechazó los planteos de incompetencia de la justicia de Nueva York, la jueza Loretta Preska ya reconoció que las cuestiones en disputa se rigen por el derecho argentino y lo aplicará para resolver el caso.

Mientras los demandantes se han ceñido a la cuestión estatutaria, el gobierno argentino alegó una serie de aspectos relevantes que, de aplicarse el derecho de fondo de nuestro país, deberían favorecer un rechazo de la petición, que también se vería fortalecido por algunas cuestiones procesales sobre la admisibilidad de las demandas que hacen a la legislación neoyorquina. De acuerdo a los alegatos del gobierno, la parte acusadora no tendría derecho a reclamar por el incumplimiento del estatuto porque cuando presentaron sus reclamos en 2015 y 2016 ya no eran accionistas de YPF. Petersen perdió sus acciones por ejecuciones y concursos entre 2012 y 2014, mientras que Eton Park vendió las suyas entre 2012 y 2013. Bajo el derecho de Nueva York, la potestad de reclamar por incumplimiento del estatuto se transfiere junto con los títulos. La misma regla aplica a las acciones bajo ley argentina.