OFICIAL: No es obligatorio usar el barbijo en el transporte público
El Gobierno oficializó este martes el fin de la obligatoriedad del uso de barbijos y la aplicación de los protocolos implementados por Covid-19 para trenes y colectivos, a través de dos publicaciones en el Boletín Oficial.
La disposición estableció el carácter «no obligatorio del uso del barbijo», pero continúa recomendándole al usuario el uso en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
La primera disposición lleva el número 688/2022, fue elaborada por el Comisión Nacional de Regulación del Transporte y estableció la derogación del “Plan de Emergencia-Covid 19 para el transporte automotor” cuya última modificación fue del 17 de abril de 2022 así como también del “Plan de Emergencia Covid 19 para el transporte ferroviario”, que se había actualizado el 3 de noviembre de 2021.
La segunda es la resolución 629/2022 del Ministerio de Transporte que deja sin efecto la Resolución N° 95 de fecha 17 de abril de 2020, que establecía el uso de barbijos.
Los resoluciones se encuentran en consonancia con las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación en base a la alta tasa de vacunación que presenta Argentina y la situación epidemiológica.
No obstante, se recordó que si bien la resolución N° 1849 de fecha 20 de septiembre de 2022 del Ministerio de Salud de la Nación estableció el carácter “no obligatorio del uso del barbijo”, continúa recomendándose en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público, así como se recomienda la ventilación de los ambientes; mantener la higiene adecuada y frecuente de manos; y ante presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.