Monotributo: ¿cuáles son los cambios que anunció la AFIP?
Régimen tributario. Las modificaciones serán en los topes de facturación y en pagos mensuales. Entrarán en vigencia a partir del 1 de enero.
*Por Claudia Daquarti
Según informó la AFIP, a partir de enero de 2019, se modificarán los topes máximos en la facturación de los monotributistas, al igual que los pagos mensuales que afrontan los trabajadores que se desempeñan bajo este régimen. En ese sentido, desde el organismo destacaron que el incremento, para ambos ítems, será cercano al 28,4%, el cual es una consecuencia de la recomposición que acumularán este año los jubilados y pensionados de la Anses.
En este sentido, la AFIP informó que el tope impuesto para ser monotributista será de 1.150.500 de pesos para la prestación de servicios, mientras que para la actividad de comercio se ubicará en 1.725.800 de pesos. De todas maneras, advirtieron que estos números aún no son definitivos, ya que resta conocer el porcentaje de aumento, de diciembre, para los jubilados dispuesto por el índice de movilidad establecido por ley.
De todas maneras, advirtieron que ya se pudieron establecer algunas de las variables que influyen en esta modificación, como es la inflación y la variación de los salarios de la segunda mitad de este año, y estimaron que será cercano al 7,7%, por lo cual habrá un nuevo límite tanto en la facturación para ingresar como para permanecer dentro de este régimen tributario, al igual que para los cambios en las categorías y los aportes al sistema previsional y de obra social.
Vale resaltar que en 2018, estas variables tuvieron un aumento del 28%, en referencia a 2017, por lo cual se registró un incremento superior a la inflación registrada el año pasado, algo que no ocurrirá el próximo año, ya que sería inferior al 45% que se estima para el presente año. Por otro lado, lo pagos mensuales para los que se encuentren bajo este régimen también sufrirán modificaciones.
Es por eso que el componente impositivo en la categoría más baja, la A, que actualmente se encuentra en los $ 87,04 se incrementará y se ubicará cerca de los $112, por lo que para permanecer dentro de esta categoría se deberá facturar anualmente hasta los $138.000, una cifra que hasta ahora era de $107.525.
En tanto, el monto destinado a los aportes previsionales de la categoría más baja será de cercano a los $500, y continuará escalando un 10% en el resto, hasta ubicarse cerca de los $1279 a partir de enero para la categoría K, la cual aplica solamente a la actividad comercial, siendo que hasta el momento era de $996,04. En resumen, para la categoría más baja, el pago mensual, por estos incrementos, será de $1293. Al tiempo que, en momentos que entren en vigencia estos cambios, también habrá una nueva recategorización obligatoria, siendo que si la AFIP lo considera necesario lo hará de oficio.
FUENTE. AFIP – 10/10/2018