Habilitación de Agencias de Lotería.

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Por medio del Decreto 335/2020, el Gobierno Municipal autorizó el funcionamiento de las Agencias de Lotería, de acuerdo con la Decisión Administrativa Nacional Nº919/2929.

De acuerdo a la normativa local, está prohibido para el personal afectado a esta actividad la utilización del transporte público de pasajeros de colectivos y trenes. Se podrá contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano (vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar) siempre que estos últimos transporten en cada viaje un solo pasajero.
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, los empleadores estarán obligados a implementar un Protocolo de Higiene y Salud acorde a la actividad desarrollada.